Tengo asilo pendiente: ¿cómo reviso mi permiso de trabajo?
Si tu permiso de trabajo está basado en una solicitud de asilo pendiente, la categoría suele ser (c)(8).
Respuesta breve
Si tu permiso de trabajo está basado en una solicitud de asilo pendiente, la categoría suele ser (c)(8). En las instrucciones vigentes de 2026, USCIS indica que debes esperar 365 días desde que el I-589 fue presentado correctamente y aceptado antes de presentar el I-765 bajo esa categoría, sujeto a otras condiciones y posibles demoras atribuibles al solicitante.
Cómo revisar
- Usa el Receipt Number del I-765 en Case Status Online.
- Revisa los tiempos de procesamiento específicos para Form I-765 categoría (c)(8).
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Importante: esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Para decisiones sobre un caso individual, considera consultar a un abogado de inmigración o representante acreditado autorizado.